Referencia

Glosario fiscal: los términos del SAT, explicados

El SAT tiene un idioma propio y casi nadie te lo traduce. Aquí están los 21 términos que aparecen una y otra vez en tus trámites, definidos en español claro y con su base legal cuando la tienen.

Los trámites del SAT no son difíciles por complejos, sino porque están escritos en un vocabulario que nadie te explicó. Este glosario define cada término de forma independiente: puedes leerlo completo o saltar directo al que necesitas desde el índice.

Buzón tributario

Canal oficial de comunicación electrónica entre el SAT y el contribuyente. Ahí llegan notificaciones, requerimientos y resoluciones, con plazos que corren aunque no lo abras. Tenerlo activo y revisarlo es lo que evita que un requerimiento venza sin respuesta.

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet: la factura electrónica en México. Ampara ingresos, gastos, nómina y retenciones, y queda registrada ante el SAT. Es la base con la que la autoridad cruza lo que declaras contra lo que realmente facturaste.

CLABE

Clave Bancaria Estandarizada de 18 dígitos que identifica una cuenta en México. Para recibir una devolución del SAT debe estar a tu nombre, activa y sin limitaciones del banco. No es tu número de tarjeta ni tu número de cuenta.

Constancia de Situación Fiscal

Documento que emite el SAT con tus datos fiscales vigentes: RFC, nombre, domicilio, régimen y obligaciones. Se descarga gratis desde el portal y suele pedirse al entrar a un nuevo trabajo o al facturar.

Contraseña del SAT (antes CIEC)

Clave de acceso al portal del SAT formada por tu RFC y una contraseña que tú defines. Sirve para consultar tu información y presentar declaraciones. Es distinta de la e.firma, que tiene mayor valor legal.

Declaración anual

Cálculo del impuesto de todo un ejercicio fiscal. Suma tus ingresos, resta tus deducciones y compara el resultado contra lo que ya pagaste o te retuvieron. Para personas físicas se presenta en abril del año siguiente.

Declaración complementaria

Declaración que corrige o completa una que ya presentaste. Es el mecanismo para arreglar un dato mal capturado, un ingreso omitido o una deducción que faltó, y es lo que suele pedirse cuando el SAT detecta una inconsistencia.

Deducciones personales

Gastos que la ley te permite restar de tus ingresos en la declaración anual: honorarios médicos, gastos funerarios, colegiaturas, intereses reales de crédito hipotecario y aportaciones voluntarias al retiro, entre otros. Deben estar facturados a tu RFC y pagados por medios electrónicos, no en efectivo.

Devolución automática

Esquema simplificado con el que el SAT devuelve un saldo a favor sin trámite adicional al presentar la declaración anual. En 2026 se puede solicitar con Contraseña hasta $10,000; de $10,001 a $150,000 exige e.firma. Arriba de ese monto no aplica.

Devolución manual (FED)

Solicitud de devolución presentada por el Formato Electrónico de Devoluciones. Aplica cuando el saldo rebasa $150,000 o cuando la devolución automática fue rechazada. Requiere e.firma y el SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver (art. 22 del CFF).

e.firma

Certificado digital que funciona como tu firma autógrafa ante el SAT, antes llamado FIEL. Se compone de un archivo .cer, un archivo .key y una contraseña. Tiene una vigencia de cuatro años y el primer trámite es presencial.

Homoclave

Los dos caracteres que el SAT añade al final del RFC para distinguir entre personas con el mismo nombre y fecha de nacimiento. El último carácter es un dígito verificador que detecta errores de captura.

ISR

Impuesto Sobre la Renta: el impuesto que se paga sobre los ingresos. Para personas físicas se calcula con una tarifa progresiva —a mayor ingreso, mayor tasa— y se determina de forma definitiva en la declaración anual.

ISR retenido

ISR que quien te paga descuenta de tu pago y entera al SAT a tu nombre. Legalmente es un pago provisional a cuenta de tu impuesto anual, no un impuesto definitivo (art. 96 de la LISR). Cuando supera lo que realmente te correspondía, genera saldo a favor.

Opinión de cumplimiento (32-D)

Documento que el SAT emite al momento indicando si estás al corriente con tus obligaciones fiscales. Se llama 32-D por el artículo del Código Fiscal que la exige. La positiva tiene vigencia de 30 días naturales para la mayoría de los usos.

Prescripción

Extinción de un derecho por el paso del tiempo. En materia de devoluciones, la obligación del SAT de devolver un saldo a favor prescribe a los cinco años, en los mismos términos que un crédito fiscal (arts. 22 y 146 del CFF).

PRODECON

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente: organismo público que orienta, asesora y puede representar a los contribuyentes frente al SAT de forma gratuita. Es el primer recurso cuando una devolución se niega y muy pocos lo usan.

Requerimiento

Solicitud formal del SAT para que aportes información o cumplas una obligación. En un trámite de devolución tienes 20 días hábiles para atenderlo; si no respondes, se considera que desististe de tu solicitud (art. 22 del CFF).

RESICO

Régimen Simplificado de Confianza. Esquema para personas físicas con ingresos de hasta $3.5 millones al año que ofrece tasas de ISR muy bajas sobre el ingreso cobrado, a cambio de cumplir requisitos como facturar y declarar de forma constante.

RFC

Registro Federal de Contribuyentes: la clave alfanumérica con la que el SAT identifica a cada contribuyente. Tiene 13 caracteres para personas físicas y 12 para morales. No caduca y su base legal es el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.

Saldo a favor

Diferencia a tu favor que resulta cuando el ISR que realmente te correspondía pagar en el año es menor que lo que ya te retuvieron o pagaste. El SAT está obligado a devolverlo cuando lo solicitas en tu declaración anual.

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Nota: este glosario es informativo, se actualizó en julio de 2026 con fuentes oficiales del SAT y no sustituye la asesoría de un contador público. Los trámites, montos y reglas del SAT cambian; verifica siempre en sat.gob.mx antes de actuar.